A partir del surgimiento de internet, sus posibilidades parecieran no tener límite. Los alcances han agilizado, transformado y beneficiado la vida de las personas en todos los ámbitos posibles; desde reducir distancias para establecer conversación en cualquier parte del mundo, agilizar transacciones, vivir con mayor seguridad y obtener información en instantes de todo tipo.
Si bien, lo anterior es positivo, no debe descartarse que siempre existirá quien haga mal uso de estas herramientas para beneficio propio, sin importar el daño que esto pueda causar. El resultado es la exposición diversas modalidades de violencia digital que buscan dañar la integridad de personas.
A lo anterior también se le puede llamar Ciberacoso (acoso digital) y el objetivo de abordar este tema tan vigente, es que mientras más sepamos sobre él, tendremos herramientas para detectarlo y evitarlo.
Comencemos por definirlo. Se le llama violencia digital a la intromisión de naturaleza repetitiva en la vida íntima de una persona, utilizando para ello medios electrónicos, fundamentalmente Internet y teléfonos celulares.
Se presenta de forma encubierta, pues las víctimas son atacadas a través de redes sociales o de las TIC (término general que abarca radio, televisión, teléfonos celulares, computadoras, hardware de red, sistemas satelitales, etc., así como diversos servicios y dispositivos como videoconferencias y el aprendizaje a distancia) sin otro objetivo que infligir maltratos y denigraciones.
Es importante subrayar que, si bien su formato es sin “contacto físico”, esta modalidad forma parte de las manifestaciones continuas e interconectadas de violencia que vivimos fuera de internet. No se debe minimizar bajo ninguna circunstancia.
Más allá de la definición, es importante saber a su vez, que la violencia digital incluye acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de información privada, divulgación de datos apócrifos, mensajes de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías, videos y/o asuntos personales u otras impresiones gráficas o sonoras.
Por lo tanto es un delito que debe ser denunciado. De esta manera, y con el fin de proteger y sancionar este tipo de actos, se creó la llamada “Ley Olimpia”, un conjunto de reformas legislativas dirigidas a reconocer este tipo de violencia y así evitar la violación de la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.
¿Qué se considera violencia digital?
A continuación algunos ejemplos:
- Creación, difusión, distribución o intercambio digital de fotografías, videos o audios de naturaleza sexual o íntima sin consentimiento.
- Acceso, uso, manipulación, intercambio o distribución no autorizados de datos personales.
- Suplantación y robo de identidad.
- Actos que implican la vigilancia y el monitoreo de una persona:
Ciberhostigamiento, que significa realizar una serie de acciones como espiar, obsesionarse o compilar información en línea sobre alguien y entablar comunicación con la persona sin su consentimiento; llamar o enviar correos o mensaje de texto o de voz de forma repetitiva, incluso mensajes amenazantes o que busquen mantener el control sobre la víctima.
- Ciberacoso, que implica el uso intencional de las TIC para humillar, molestar, atacar, amenazar, alarmar, ofender o insultar a una persona; a diferencia del ciberhostigamiento, en el que hay un patrón de comportamientos amenazantes, en el caso del ciberacoso basta con un solo incidente.
- Ciberintimidación o ciberbullying es el uso de tecnologías por menores de edad para humillar, molestar, alarmar, insultar o atacar a otra/o menor de edad o difundir información falsa o rumores sobre la víctima, así como amenazarla, aislarla, excluirla o marginarla.
Recuerda que es necesario saber detectarla. Si la has vivido o te encuentras en una situación que puedes identificar violenta, siempre habrá apoyo. Lo más importante es tu seguridad y bienestar.
¿Has vivido violencia digital?
¿Conoces alguna otra modalidad?
¿Crees que, en general es importante tener más información sobre este tema?
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